2. Tribunal Penal Internacional para Ruanda.

Con posterioridad, el 8 de noviembre de 1994, el Consejo de Seguridad dicta una nueva Resolución por la que crea un segundo Tribunal ad hoc, el Tribunal penal internacional para Ruanda (TPIR).

La Resolución 955 (1994), manifiesta la preocupación por los informes que indicaban que en Ruanda se había cometido genocidio y otras violaciones sistemáticas, generalizadas y manifiestas del Derecho internacional humanitario, y determinaba que dicha situación constituía una amenaza para la paz y seguridad internacionales, por lo tanto, el Consejo de Seguridad establece un Tribunal internacional con el exclusivo propósito de enjuiciar a los responsables de genocidio y otras graves violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Ruanda, y en el territorio de Estados vecinos, cometidos por ciudadanos ruandeses, entre el 1 de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 1994, y con ese fin, aprueba el Estatuto del Tribunal (57).

El Consejo de Seguridad había recibido previamente una petición del Gobierno de Ruanda, en la que declaraba que un Tribunal similar al ya existente para la ex Yugoslavia podría contribuir a promover la paz y la reconciliación entre las partes aún en conflicto y evitar elementos desestabilizadores. No obstante, no sólo el Gobierno de Ruanda pidió al Consejo de Seguridad la constitución del Tribunal, sino que como miembro no permanente del Consejo, participó en las deliberaciones relativas al Estatuto del TPIR. Sin embargo, a pesar de la iniciativa ruandesa para la instauración del Tribunal, la Resolución 955 (1994) se adoptó con un solo voto en contra, y el mismo fue el voto ruandés, motivado por cuestiones como la ausencia de la pena de muerte o la competencia temporal del Tribunal, ya que el gobierno pretendía que la misma abarcara desde 1991 cuando se produjeron varios asesinatos que podrían considerarse como preparatorios del genocidio de 1994 (58).

Mas tarde, en la Resolución 977 (1995) de 22 de febrero de 1995, el Consejo decide que la sede del Tribunal sería la ciudad de Arusha (República Unida de Tanzania), aunque en Kigali (Ruanda) funciona una oficina o delegación del Tribunal vinculada a la sede.