Psicología y Jurisprudencia

Panorama de la Psicología Forense en República Dominicana

Lic. Wilfredo Mora*

Quiero agradecer, ante todo, el gesto de los coordinadores por haberme invitado a este Congreso-aniversario "30 Años de Psicología Dominicana: Pasado, Presente y Futuro", que ha tenido ostensible acogida por parte de los colegas que están asistiendo de todos los lugares del país, asi como de otros países de la región latinoamericana.

La psicología es probablemente la ciencia que más investiga y, en gran medida, los avances modernos de nuestras universidades, de los institutos sociales, de los grandes medios de comunicación, así como de los nuevos enfoques de las legislaciones de nuestros gobiernos, parecen depender cada vez más de la ciencia psicológica.

Pienso que mi modesta participación en este evento está determinada en función de explicar algunos aspectos relacionados sobre cuál es el panorama existente de la ciencia psicológica vinculada a las necesidades que de ella se desprenden en la ley, en nuestra realidad judicial.

No obstante, quisiera destacar aquí, que el presente Congreso "30 años de Psicología Dominicana: Pasado, Presente y Futuro", permite por primera vez el escenario, en el cuál la psicología forense encuentra su expresión. Cabe hacer este señalamiento para poder afirmar que este es el primer congreso de psicología en nuestro país que relaciona los problemas de la psicología en general con la legislación vigente. Quizá se deba hacer la observación en virtud de los nuevos retos de la justicia legal, producto de los cambios expresados en desafortunados episodios de violencia que atacan los aspectos básicos de la existencia del individuo, sea en la manera de violaciones sexuales que más bien parecen competir con las manecillas del reloj así como otras exhibiciones desaforadas de hechos dolosos dentro de las familias que adquieren, cada vez más, el status de patológicas y que a su vez enferman a sus miembros.

Desde el siglo pasado, en otros países, la teoría psicológica y la investigación psicológica han sido aplicadas exitosamente a la policía, a los tribunales, a las prisiones y a otros aspectos de la Justicia Criminal. A este tipo de psicología se le ha denominado jurídica y el acopio de conocimientos acumulados ha permitido una contribución real en todo el funcionamiento de la Justicia, haciéndola, por lo tanto, más eficaz.

En nuestro país, la psicología forense, aún no despega. No es lo más importante ni es lo que vamos a destacar aquí. Pero lo cierto es que ella está llamada a jugar un papel de primer orden, pues como ya está ocurriendo en otros países, ésta se hace cada vez más necesaria entre nosotros. Es una aseveración atinada decir que los mejores casos de crímenes se han resuelto donde ha existido el peritaje psicológico, y los casos afamados en la actualidad optan por iniciarse con la participación de un psicólogo experto en psicología forense.

En verdad es así: La psicología forense tiene por función penetrar todo el derecho, con el objetivo de eficientizar la Justicia, cada vez más y mejor. Es por ello que señalamos los siguientes momentos claves del trabajo de la psicología legal.

     

  • Contribuir científicamente en el proceso legal;
  • Aplicar los procedimientos psicológicos en la selección de los agentes policia1es y funcionarios judiciales;
  • Desarrollar programas de tratamiento para la corrección y rehabilitación de los internos de las prisiones.

No debemos confundir la psicología forense con otras áreas de la psicología vinculadas a la Justicia o la investigación de crímenes y delitos; tales son las nombradas psicología jurídica y psicología criminal. Se hace necesaria una breve explicación para poder diferenciarlas entre sí.

En primer lugar, la psicología jurídica comprende una forma de psicología social y organizacional que aplica al contexto legal unos procedimientos psicológicos. En un concepto más amplio, la psicología jurídica involucra a todas aquellas personas cuyas cualidades psicológicas van a ser requeridas o examinadas por la Justicia, sin importar cual sea el tipo de derecho que sea.

En segundo lugar, está la Psicología Criminal que es en realidad, una modalidad indistinta de la ciencia llamada Criminología. Desde el punto de vista psicológico, la actualidad de la psicología criminal debe incluir, además del estudio de la personalidad del infractor o del delincuente, a las víctimas. Es de clara importancia para el perito forense el que sepamos con precisión quién es la víctima; si estamos ante un caso de aborto (si es el feto, la madre es la víctima o si es el padre que ignoraba el aborto); ¿quién es la víctima en la prostitución? (si ambos son la víctima); ¿quién es la víctima en los casos de toxicomanía? (si es la familia, la comunidad, el adicto o si es el Estado), máxime cuando se trata de establecer el grado de adicción en sujetos a quienes hay que dispendiar el status de víctimas.

Existen muchísimos más ejemplos.

Pero la Criminología Clínica incluye, además de las víctimas (Victimología) otras grandes áreas de aplicación del trabajo psicológico dentro de las prisiones (Psicología Penitenciaria), de los centros de detención o reformatorios, casas albergue, etc... Sin embargo, estas dos actualidades de la Psicología Criminológica (las víctimas y el tratamiento en prisiones) continúan enfrentando serias dificultades en la judicatura nacional. Hay quienes dicen, refiriéndose a tal problemática, que lo que está mal debe responder a la pregunta de cuántos son los psicólogos que trabajan en la justicia y en las cárceles; otros, enfrentan el asunto arremetiendo no contra los psicólogos, sino que señalan la realidad innegable de que la justicia dominicana, ella entera, se ha convertido en un verdadero "elefante blanco"; esto es, lo mismo que nuestras instituciones de servicios públicos...

Nosotros sencillamente vamos a agregar que lo que hace falta es profesionales "orgánicos" de la psicología; es decir, psicólogos bien entrenados, a tiempo completo, y bien remunerados para que puedan ser creativos.

No es necesario ser un psicólogo forense para el trabajo carcelario, aunque sí en la justicia. Pero tal personaje no existe en la justicia, y los escasos psicólogos que trabajan dentro de las cárceles no cumplen su cometido.

Campo de Acción Profesional

El desconocimiento por parte de los jueces y los abogados, sobre cuál es el campo de intervención del psicólogo y del psiquiatra forense, es probablemente el mayor problema de la psicología forense en la República Dominicana.

El campo de acción profesional para dichas autoridades parece estar limitado a determinar cuándo hay imputabilidad o inimputabilidad criminal; este suele ser el ejemplo más típico. Los casos de violación sexual, los homicidios y las toxicomanías, le resultan al razonamiento jurídico, igualmente casos médicos. Y esto no siempre es así.

La Psicología Forense dilucida y esclarece estos mismos casos apoyándose en instrumentos específicos de diagnósticos, para lo cual utiliza toda una metodología concreta, además de altamente conocida. Lo que nosotros vemos aquí es que el sistema penal dominicano está dominado sólo por la visión jurídica que juzga al individuo exclusivamente según la valoración penal; hace falta pues, una "concepción antropológica del hombre libre", sin importar que se encuentre purgando una condena. Abogamos por una base científica en aquellos casos judiciales en donde es preciso proporcionar una psicología científica-legal.

Aspectos Éticos

De la psicología jurídica y forense dependen muchos aspectos de la ley, de su aplicación; es algo que huelga decir.

Así depende:

- que al sujeto se le haga un buen juicio;
- la libertad del individuo;
- en casos de condena, la posibilidad de unas alternativas de castigo (sustitutivos penales, medidas cautelares), etc.

Todo esto va a depender en gran medida de la ética del psicólogo forense; de que conozca su ciencia, de los procedimientos judiciales que existen y que le indican al psicólogo forense cuándo y cómo éste debe entrar en acción.

Por eso, es importante destacar que el psicólogo forense sólo puede entrar como perito; la justicia requiere de él sólo la capacidad de su ciencia.

El psicólogo debe "probar su ciencia", porque a él se le manda a llamar para que presente sus opiniones sobre un caso.

Debemos tener en cuenta que el psicólogo experto no "juzga" al procesado, sólo actúa como perito. Se juega su reputación en cada investigación que realice. Su ética no le permite otra cosa más que ser perito; no tiene del caso un interés personal: él es sólo un perito invitado.

Un buen psicólogo forense no acepta un caso si no está preparado para ello, si no está claro cuál es su participación, si va a disponer de toda la documentación y si ha sido aceptada la no confidencialidad de sus conclusiones.

Por lo tanto, el psicólogo forense, no debe inventarse su ciencia, y sus conclusiones sobre el caso siempre deben estar a disposición del juez.

Rol Profesional

El psicólogo forense como profesional formado es un auxiliar de la administración judicial; su rol lo constituye su práctica clínica. De él depende que el estudio clínico funcione y se establezcan las relaciones que hicieron que el procesado cometiera tal o cual hecho: el rol del psicólogo experto consiste en contextualizar el caso. Así, al psicólogo forense se la manda a llamar para determinar si el caso a estudiar se ha tratado de un asunto de locura, o de un triángulo amoroso, o si es simplemente un hecho socio-económico lo que ha determinado la acción del indicado acusado. El psicólogo tiene que probar su ciencia, en todo caso, si no lo hace corre el riesgo de que la misma psicología o la psiquiatría sean usadas como excusa para evadir la justicia.

Entre los estudios clínicos más usuales, en los que vemos participar al psicólogo en calidad de experto se destacan:

     

  • esquizofrenias (y las esquizofrenias tempranas casi siempre se acompañan de daño cerebral)
  • violaciones sexuales (hacemos notar que a menor edad de las víctimas, tanto mayor y peligroso resulta ser el violador infantil).
  • alienación mental (sea en la forma congénita o temporal; sea adquirida o permanente).

Una vez hecho el peritaje psicológico, los psicólogos de la justicia deben presentar un informe. ¿Cómo es el informe clínico forense? Este debe ser claro y sucinto, debe estar acorde a los conocimientos del juez y dentro de los límites del "contexto situacional normal". El informe presentado debe iniciar con la fecha, la salutación, la identificación del sujeto, el mandato, la base de datos (la investigación clínica llevada a efecto, sin extrapolaciones), la interpretación, las conclusiones a que ha llegado el perito con las recomendaciones en la que éste se debe poner a disposición del juez, a "viva voche", si es necesario. Todo esto constituye la forma habitual de todo el que ejerce la psicología forense.

En la República Dominicana el psicólogo que egresa de una de nuestras universidades no incursiona en el campo de la psicología forense, tampoco está preparado para ello. Pero, eso no debe ser un problema en sí mismo, lo que hemos tratado de ilustrar en este trabajo es mostrar y llevar al ánimo de nuestras autoridades judiciales, de que la psicología forense sea acreditada ante el poder judicial y que la reflexión científica domine cada vez más en las decisiones judiciales.

Bibliografía

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